Lic. Leonel Eraldo Amaya Sorto
Director Departamental de Educación
Mensaje del Director(a)
Bienvenidos al Portal de Transparencia de la DDE-IB. El mismo fue creado con el objetivo de darle cumplimiento a la aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública como un mandato constitucional del Gobierno de la República de Honduras. Les invito a conocer las diferentes acciones de carácter público ejecutadas de manera transparente por las diferentes dependencias de la DDE.
Misión
Somos la Institución del estado, que ejecuta la Política Educativa Nacional; organiza, dirige y supervisa los niveles de educación: Pre-Básica, Básica, Media y Educación Superior no Universitaria del componente Formal del Sistema Nacional de Educación; Asegurando el derecho a la Educación de niños y jóvenes a través de acceso, Permanencia y Promoción inclusiva y equitativa de calidad para formar ciudadanos de bien.
Visión
Al año 2030, la Secretaría de Educación, será una institución con liderazgo, que responda a las demandas educativas de la población hondureña de forma incluyente, participativa, innovadora y articulada vertical y horizontalmente con los demás componentes del sistema Nacional de la Educación; garantizando el Derecho a la Educación con bienes y servicios educativos de calidad, que constituya el eje fundamental del desarrollo de la nación.
Atribuciones
La Gaceta
LEY FUNDAMENTAL DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 No. 33,533
TÍTULO II
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LAS
DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN
CAPÍTULO I
DE LA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL
ARTÍCULO 4.
Las Direcciones Departamentales de Educación aplican la normativa emanada del nivel central de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación y tienen a su cargo las funciones de: planeación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de los recursos humanos, materiales y financieros. Para ejercer estas funciones contarán con la siguiente estructura:
a) Director Departamental;
b) Unidades de Apoyo: Secretaría Departamental de Educación, Unidad de Planificación y Evaluación, Unidad de Supervisión, Unidad de Tecnología Informática;
c) Área Operativa: Subdirección Departamental de Administración y Finanzas, Subdirección Departamental del Talento Humano, Subdirección Departamental de Adquisiciones, Subdirección Departamental de Servicios Educativos, Subdirección Departamental de Programas y Proyectos, Subdirección Departamental de Currículo y Evaluación, Subdirección Departamental de Modalidades Educativas;
d) Dirección Municipal;
e) Dirección Distrital; y,
f) Dirección de Centro Educativo.
Artículo 5.
El personal en función docente de las diferentes estructuras de las Direcciones Departamentales de Educación debe ser seleccionado mediante concurso de conformidad con
lo dispuesto en el Reglamento de Carrera Docente y el Reglamento de la Junta Nacional y Juntas Departamentales de Selección.
Artículo 6.
El personal en cargos administrativos de las diferentes estructuras de las Direcciones Departamentales de Educación debe ser seleccionado mediante concurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Servicio Civil y su Reglamento General.
Artículo 7.
El personal que labora en las diferentes estructuras de las Direcciones Departamentales, Municipales y Distritales debe tener el perfil y cumplir las funciones que establezca el Manual de Puestos y Salarios que corresponda.
CAPÍTULO II
FUNCIONES GENERALES DE LAS DIRECCIONES
DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN
ARTÍCULO 8.
Además de las atribuciones establecidas en el Reglamento General de la Ley Fundamental de Educación, el Reglamento de Gestión y otros reglamentos derivados de la Ley Fundamental de Educación, las Direcciones Departamentales de Educación, tienen las siguientes funciones:
a) Administrar los recursos humanos y financieros dentro de su jurisdicción;
b) Coordinar con las dependencias respectivas del Nivel Central de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, la implementación coherente de las políticas,
normas y lineamientos técnicos en su jurisdicción territorial;
c) Aplicar las normativas emanadas de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, para administrar en su respectiva jurisdicción, los programas, proyectos y servicios educativos que proporciona la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación;
d) Coordinar con otras instituciones centralizadas y descentralizadas del sector gubernamental y no gubernamental, programas y proyecto vinculados al proceso educativo en su respectiva jurisdicción;
e) Autorizar la apertura y ampliación de centros educativos y puestos docentes requeridos para su funcionamiento; para ello se elaborará la propuesta técnica y financiera, que
debe incorporarse al Plan Operativo y al Proyecto de Presupuesto Anual por resultados. Únicamente pueden solicitar ante la Dirección Departamental de Educación la apertura de centros educativos, los organismos definidos en el artículo 41 de la Ley Fundamental de Educación;
f) Aplicar la normativa definida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación a través de la dependencia correspondiente, para la apertura y funcionamiento de centros educativos según lo establece el artículo 51 de la Ley Fundamental de Educación;
g) En aplicación a la normativa general definida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, aprobar la creación o modificación de carreras de nivel medio, asimismo autorizar jornadas y horarios de acuerdo a las estructuras presupuestarias asignadas a su Departamento;
h) Promover la participación de la comunidad educativa en la formulación de la Planificación estratégica y operativa del departamento, basados en la Gestión por Resultados con enfoque a los educandos;
i) Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y equipos de todas las dependencias de la Dirección Departamental;
j) Implementar los manuales y herramientas de gestión pedagógica, administrativa y financiera;
k) Ejecutar lo pertinente al Sistema Nacional de Información que debe desarrollar la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación;
l) Desarrollar capacidades para fortalecer la descentralización de funciones, con el propósito de garantizar equidad y calidad en los servicios educativos;
m) Rendir cuentas a la sociedad en su jurisdicción, de la gestión, la ejecución presupuestaria y los resultados obtenidos en aplicación de la Ley Fundamental de Educación y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
n) Aplicar en lo que le corresponda, las disposiciones contenidas en la ley de creación del órgano desconcentrado definido en el artículo 36 de la Ley Fundamental de Educación;
o) Implementar los procesos de supervisión, evaluación, acreditación y certificación, en aplicación al Sistema Nacional de Supervisión y la Ley de Evaluación, Acreditación, Certificación de la Calidad y Equidad de la Educación; y,
p) Aplicar los reglamentos específicos que regulan la gestión y funcionamiento de las Direcciones Departamentales de Educación y los Manuales de Clasificación de Puestos y Salarios y de Evaluación del Desempeño Docente.
CAPÍTULO III
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOSÓRGANOS INTERNOS
DE LAS DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN
Artículo 9.
El Director Departamental de Educación es el funcionario ejecutivo de más alto rango en el departamento, es nombrado por el Secretario de Estado en el Despacho de Educación y depende jerárquicamente, en sus atribuciones específicas, de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Financiera y de la Subsecretaría de Gestión Técnica Pedagógica.
Artículo 10.
Los Directores Departamentales serán seleccionados mediante concurso en audiencia pública, contando obligatoriamente con la presencia de los representantes de los Consejos Municipales o Distritales de Desarrollo Educativo, quienes atestiguarán que se haga la selección idónea, conforme lo establece la Ley Fundamental de Educación y sus Reglamentos.
Artículo 11.
El Director Departamental de Educación desempeña, entre otras, las siguientes funciones:
a) Mantener la coherencia de las políticas programas y servicios educativos de la Dirección Departamental con el nivel central;
b) Nombrar al personal siguiendo el estricto orden descendente de la lista final de elegibles en los diferentes concursos realizados en su jurisdicción, después de haber resuelto sobre las solicitudes de traslado y excepción de concurso que se le hubieren presentado;
c) Dirigir el trabajo del personal técnico, administrativo y docente de la Dirección Departamental, Direcciones Municipales y Distritales para la formulación de planes estratégicos y operativos de la Dirección Departamental;
d) Coordinar con las Direcciones Municipales y Distritales la organización y funcionamiento de los Consejos Comunitarios de Desarrollo, tal como lo establece la Ley de Fortalecimiento a la Educación Pública y la Participación Comunitaria y su Reglamento;
e) Coordinar con las autoridades Departamentales, Municipales y locales, el apoyo logístico necesario para el cumplimiento de las políticas educativas que requieran de participación y cooperación de la comunidad, en un esfuerzo compartido de responsabilidad social;
f) Impulsar la descentralización en el departamento, para garantizar equidad y calidad en los servicios educativos; y
g) Mantener comunicación permanente con la Secretaría y Subsecretarías de Estado en el Despacho de Educación.
Organigrama
Directorio
Departamento | Nombre | Cargo | Telefono/Extensión | Correo Electrónico |
---|---|---|---|---|
Islas de la Bahía | Victoria Sarahí Zavala | Secretaria Departamental | victoria.zavala@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | Zulma Pagoaga | Sub Dirección de Programas y Proyectos - Sub Dirección Departamental de Servicios Educativos | +504 3383-4806 | zulma.pagoaga@se.gob.hn |
Islas de la Bahía | Marcio Iban Puerto Delarca | Sub Directora de Currículo y Evaluación Sub Director de Educación Básica | ||
Islas de la Bahía | Sandra Merylú Peña | Sub Dirección de Talento Humano | sandra.pena@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | Jessica Maholy Echeverria | Oficial de Nominas Media | Jessica.echeverria@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | Levia Nohemy Flores Mayen | Oficial de Nominas Basica | ledvia.flores@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | Ismary López Ortiz | Oficial de Acuerdos | ismary.lopez@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | Eula Viola Baley | Coordinadora Departamental de EIB | +504 9519-5285 | eula.baley@se.gob.hn |
Islas de la Bahía | Elgar Eduardo Vásquez | Coordinador Departamental de PROHECO | ||
Islas de la Bahía | Raquel Blucha Websta | Promotora Departamental PROHECO | ||
Islas de la Bahía | César Adalid Díaz Rodríguez | Enlace Departamental de Transparencia y Rendición de Cuentas / Unidad Departamental de Comunicación y Prensa. | +504 9660-3070 | cesar.diaz@se.gob.hn |
Islas de la Bahía | Domicilia Torres | Aseadora | ||
Islas de la Bahía | Juan Carlos Cardona Gutiérrez | Director Municipal de Educación de Roatán | juan.cardona@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | María Juana García | Aseadora | ||
Islas de la Bahía | Leonel Eraldo Amaya Sorto | Director Departamental de Educación de Islas de la Bahía | +504 95898341 | leonel.amaya@se.gob.hn |
Islas de la Bahía | Agustin Ramirez Canelas | Sub Director Departamental de Modalidades Educativas - Coordinador de Jóvenes y Adultos | +504 32576041 | agustin.ramirez@se.gob.hn |
Islas de la Bahía | Ramón Antonio Bustillo Varela | Director Municipal de Educación - José Santos Guardiola | ramon.bustillo@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | Blanca María Barahona López | Oficial de Ventanilla Única | ||
Islas de la Bahía | Jadel Marisela Turcios | Asesor Jurídico Adscrita al Despacho de la Directora Departamental | jadel.turcios@educatrachos.hn | |
Islas de la Bahía | Sidalia Margarita Cárcamo | Asistente de Administración y Finanzas | ||
Islas de la Bahía | Julio Cesar Cordón Torres | Directora Municipal de Educación - Utila | ||
Islas de la Bahía | Eldi Liliana Martínez | Administración y Finanzas - Adquisiciones | eldi.martinez@se.gob.hn | |
Islas de la Bahía | Damaris Yesenia Álvarez | Encargada de Expedientes | ||
Islas de la Bahía | Israel Quintero | Enlace Departamental de Bienes Nacionales | Departamento | Nombre | Cargo | Telefono/Extensión | Correo Electrónico |