MAE ENNIDE MARIELA AGUILAR VELÁSQUEZ
DIRECTORA DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE OLANCHO
Mensaje del Director(a)
En mi condición de Directora Departamental me es grato saludar a todos los participes del proyecto educativo. Motivarles a desarrollar acciones conjuntas que nos permita mantenernos como hermanos unidos y fuertes como el proyecto Refundacional de nuestra Presidenta, grandes no solo en extensión también en ideales , valores, cultura, arte y deseos de superación. Con oportunidades para todos los sectores
Misión
Somos una institución del Estado, dependiente de la Secretaría de Educación que ejecuta la política educativa, organiza, dirige y supervisa la educación en los niveles pre-básica, básica y media del sistema formal y no formal garantizando el acceso a los servicios educativos, con transparencia, calidad, equidad y participación a niños, jóvenes y adultos para el bienestar humano, integral, económico, científico, tecnológico, social y cultural.
Visión
La Dirección Departamental de Educación de Olancho será en 2026 una institución líder que atenderá las demandas educativas de la población con un sistema articulado, incluyente y competitivo, aplicando criterios técnicos, administrativos y de forma descentralizada, ofreciendo servicios educativos con calidad y equidad reconocida a nivel nacional, constituyendo el eje fundamental del desarrollo del departamento y por ende de la nación.
Atribuciones
La Gaceta
LEY FUNDAMENTAL DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 No. 33,533
TÍTULO II
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LAS
DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN
CAPÍTULO I
DE LA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL
ARTÍCULO 4.
Las Direcciones Departamentales de Educación aplican la normativa emanada del nivel central de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación y tienen a su cargo las funciones de: planeación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de los recursos humanos, materiales y financieros. Para ejercer estas funciones contarán con la siguiente estructura:
a) Director Departamental;
b) Unidades de Apoyo: Secretaría Departamental de Educación, Unidad de Planificación y Evaluación, Unidad de Supervisión, Unidad de Tecnología Informática;
c) Área Operativa: Subdirección Departamental de Administración y Finanzas, Subdirección Departamental del Talento Humano, Subdirección Departamental de Adquisiciones, Subdirección Departamental de Servicios Educativos, Subdirección Departamental de Programas y Proyectos, Subdirección Departamental de Currículo y Evaluación, Subdirección Departamental de Modalidades Educativas;
d) Dirección Municipal;
e) Dirección Distrital; y,
f) Dirección de Centro Educativo.
Artículo 5.
El personal en función docente de las diferentes estructuras de las Direcciones Departamentales de Educación debe ser seleccionado mediante concurso de conformidad con
lo dispuesto en el Reglamento de Carrera Docente y el Reglamento de la Junta Nacional y Juntas Departamentales de Selección.
Artículo 6.
El personal en cargos administrativos de las diferentes estructuras de las Direcciones Departamentales de Educación debe ser seleccionado mediante concurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Servicio Civil y su Reglamento General.
Artículo 7.
El personal que labora en las diferentes estructuras de las Direcciones Departamentales, Municipales y Distritales debe tener el perfil y cumplir las funciones que establezca el Manual de Puestos y Salarios que corresponda.
CAPÍTULO II
FUNCIONES GENERALES DE LAS DIRECCIONES
DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN
ARTÍCULO 8.
Además de las atribuciones establecidas en el Reglamento General de la Ley Fundamental de Educación, el Reglamento de Gestión y otros reglamentos derivados de la Ley Fundamental de Educación, las Direcciones Departamentales de Educación, tienen las siguientes funciones:
a) Administrar los recursos humanos y financieros dentro de su jurisdicción;
b) Coordinar con las dependencias respectivas del Nivel Central de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, la implementación coherente de las políticas,
normas y lineamientos técnicos en su jurisdicción territorial;
c) Aplicar las normativas emanadas de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, para administrar en su respectiva jurisdicción, los programas, proyectos y servicios educativos que proporciona la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación;
d) Coordinar con otras instituciones centralizadas y descentralizadas del sector gubernamental y no gubernamental, programas y proyecto vinculados al proceso educativo en su respectiva jurisdicción;
e) Autorizar la apertura y ampliación de centros educativos y puestos docentes requeridos para su funcionamiento; para ello se elaborará la propuesta técnica y financiera, que
debe incorporarse al Plan Operativo y al Proyecto de Presupuesto Anual por resultados. Únicamente pueden solicitar ante la Dirección Departamental de Educación la apertura de centros educativos, los organismos definidos en el artículo 41 de la Ley Fundamental de Educación;
f) Aplicar la normativa definida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación a través de la dependencia correspondiente, para la apertura y funcionamiento de centros educativos según lo establece el artículo 51 de la Ley Fundamental de Educación;
g) En aplicación a la normativa general definida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, aprobar la creación o modificación de carreras de nivel medio, asimismo autorizar jornadas y horarios de acuerdo a las estructuras presupuestarias asignadas a su Departamento;
h) Promover la participación de la comunidad educativa en la formulación de la Planificación estratégica y operativa del departamento, basados en la Gestión por Resultados con enfoque a los educandos;
i) Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y equipos de todas las dependencias de la Dirección Departamental;
j) Implementar los manuales y herramientas de gestión pedagógica, administrativa y financiera;
k) Ejecutar lo pertinente al Sistema Nacional de Información que debe desarrollar la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación;
l) Desarrollar capacidades para fortalecer la descentralización de funciones, con el propósito de garantizar equidad y calidad en los servicios educativos;
m) Rendir cuentas a la sociedad en su jurisdicción, de la gestión, la ejecución presupuestaria y los resultados obtenidos en aplicación de la Ley Fundamental de Educación y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
n) Aplicar en lo que le corresponda, las disposiciones contenidas en la ley de creación del órgano desconcentrado definido en el artículo 36 de la Ley Fundamental de Educación;
o) Implementar los procesos de supervisión, evaluación, acreditación y certificación, en aplicación al Sistema Nacional de Supervisión y la Ley de Evaluación, Acreditación, Certificación de la Calidad y Equidad de la Educación; y,
p) Aplicar los reglamentos específicos que regulan la gestión y funcionamiento de las Direcciones Departamentales de Educación y los Manuales de Clasificación de Puestos y Salarios y de Evaluación del Desempeño Docente.
CAPÍTULO III
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOSÓRGANOS INTERNOS
DE LAS DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN
Artículo 9.
El Director Departamental de Educación es el funcionario ejecutivo de más alto rango en el departamento, es nombrado por el Secretario de Estado en el Despacho de Educación y depende jerárquicamente, en sus atribuciones específicas, de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Financiera y de la Subsecretaría de Gestión Técnica Pedagógica.
Artículo 10.
Los Directores Departamentales serán seleccionados mediante concurso en audiencia pública, contando obligatoriamente con la presencia de los representantes de los Consejos Municipales o Distritales de Desarrollo Educativo, quienes atestiguarán que se haga la selección idónea, conforme lo establece la Ley Fundamental de Educación y sus Reglamentos.
Artículo 11.
El Director Departamental de Educación desempeña, entre otras, las siguientes funciones:
a) Mantener la coherencia de las políticas programas y servicios educativos de la Dirección Departamental con el nivel central;
b) Nombrar al personal siguiendo el estricto orden descendente de la lista final de elegibles en los diferentes concursos realizados en su jurisdicción, después de haber resuelto sobre las solicitudes de traslado y excepción de concurso que se le hubieren presentado;
c) Dirigir el trabajo del personal técnico, administrativo y docente de la Dirección Departamental, Direcciones Municipales y Distritales para la formulación de planes estratégicos y operativos de la Dirección Departamental;
d) Coordinar con las Direcciones Municipales y Distritales la organización y funcionamiento de los Consejos Comunitarios de Desarrollo, tal como lo establece la Ley de Fortalecimiento a la Educación Pública y la Participación Comunitaria y su Reglamento;
e) Coordinar con las autoridades Departamentales, Municipales y locales, el apoyo logístico necesario para el cumplimiento de las políticas educativas que requieran de participación y cooperación de la comunidad, en un esfuerzo compartido de responsabilidad social;
f) Impulsar la descentralización en el departamento, para garantizar equidad y calidad en los servicios educativos; y
g) Mantener comunicación permanente con la Secretaría y Subsecretarías de Estado en el Despacho de Educación.
Funciones de la Departamental de Francisco Morazán, en el siguiente enlace:
file:///C:/Users/katia%20Rodriguez/Downloads/FUNCIONES_DE_LA__DEPARTAMENTAL_l7bID7h.pdf
Organigrama
Directorio
Departamento | Nombre | Cargo | Telefono/Extensión | Correo Electrónico |
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Olancho | Carlos Alberto Sosa Matute | Coordinador de UPEC | ||
Olancho | Mae ENNIDE MARIELA AGUILAR VELASQUEZ | DIRECTORA DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE OLANCHO | dde.olancho@se.gob.hn | |
Olancho | Abog. JUAN FERNANDO AVILA | SUB-DIRECTOR DE TALENTO HUMANO | ||
Olancho | Lcda. KATIA BANESA RODRIGUEZ MAYORQUIN | ENLACE DEPARTAMENTAL DE TRANSPARENCIA Y RENDICION DE CUENTAS | transparencia.olancho@se.gob.hn | |
Olancho | Lcdo. MILTON ROLANDO RODRÍGUEZ HERRERA | ENLACE COMUNICACIÓN Y PRENSA | Milton.Rodriguez@se.gob.hn | |
Olancho | Lcda. LUZ MARINA FUNES OCAMPO | CURRÍCULO Y EVALUACIÓN | Luz.Banegas@se.gob.hn | |
Olancho | PhD. LIXY YOLANY MÉNDEZ | Secretaria Departamental de Olancho | lixi.mendez@se.gob.hn | |
Olancho | Lcda. HILDA VIANEY ERAZO PAVON | SUB-DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS | ||
Olancho | Lcda. DENIA MARÍA MEJÍA CARIAS | SUB-DIRECCIÓN SERVICIOS EDUCATIVOS (PROGRAMAS SOCIALES Y BENEFICIOS AL EDUCANDO) | ||
Olancho | Lcda. YUNY PATRICIA GOLDBERG | SUB-DIRECCIÓN SERVICIOS EDUCATIVOS (PARTICIPACIÓN COMUNITARIA) | ||
Olancho | Lcda. NANCY LORENA CRUZ | UNIDAD DE EXPEDIENTES | ||
Olancho | Lcdo. LUIS ANTONIO MÉNDEZ | UNIDAD DE TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA | ||
Olancho | Lcda. MARIN MODESTA MÉNDEZ | SUB-DIRECCIÓN MODALIDADES EDUCATIVAS | ||
Olancho | Rudy Lizeth Guifarro Cabrera | Coordinadora de Redes Educativas | redeseducativas.olancho@se.gob.hn | |
Olancho | Lcda. DEISY MARGARITA MERAZ | COORDINADORA DEPARTAMENTAL PROHECO | Departamento | Nombre | Cargo | Telefono/Extensión | Correo Electrónico |